Por Alfonso Pérez Martínez
¿Qué pasa si la empresa no cumple con la NOM-37?
Podría enfrentar diversas consecuencias:
Inspecciones por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Pueden emitir multas u otras sanciones.
Multas. El monto de la multa por incumplimiento de la NOM-037 puede variar dependiendo de la gravedad de la infracción y el tamaño de la empresa. Sin embargo, las multas pueden ir desde las 250 hasta las 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMAs).
Paros laborales. En casos graves de incumplimiento, la STPS puede ordenar una suspensión temporal o definitiva de las operaciones de la empresa. Esto puede tener un impacto significativo en las finanzas de la empresa y su capacidad para operar.
Demandas. Los trabajadores que se hayan visto afectados por el incumplimiento de la NOM-037 por parte de la empresa pueden presentar demandas contra la empresa.
- 8. Referencias para su correcta interpretación y aplicación13
Para su correcta interpretación de la presente Norma Oficial Mexicana denominada NOM-037-STPS-2023 se deberá consultar las normas oficiales mexicanas vigentes, o las que la sustituyan, siendo las siguientes: la NOM-019-STPS-2011; NOM-030-STPS-2009 y, NOM-035-STPS-2018.
- 9. ¿Qué Derechos laborales decreta la NOM para los teletrabajadores?
La NOM-037-STPS-2023, establece una serie de derechos para quienes teletrabajan. Con ello se busca garantizar que dichos derechos no sean inferiores a los de aquellos trabajadores que realizan sus actividades en los centros de trabajo.14 Estos son oficialmente publicados.
- Derecho a la igualdad de trato. Deben gozar del mismo trato que aquellos trabajadores que desempeñan su labor de forma presencial.
- Derecho a la seguridad y salud en el trabajo. Tienen derecho a desempeñar sus labores en un entorno seguro y saludable.
- Derecho a prestaciones laborales. Quienes desempeñan sus labores lejos de los centros de trabajo deben recibir prestaciones laborales y tener acceso a la seguridad social de igual manera que los trabajadores presenciales.
- Derecho a la capacitación y desarrollo profesional. Quienes realizan teletrabajo tiene derecho a recibir capacitación y oportunidades de desarrollo profesional. Lo que les permiten crecer laboralmente, de igual forma que quienes trabajan de manera presencial. Con la participación de la comisión mixta de capacitación adiestramiento y productividad.
- Derecho a la intimidad y la desconexión digital. Los que realizan la modalidad de teletrabajo tienen derecho a mantener su privacidad y a desconectarse digitalmente en los horarios que no estén trabajando Para lograr esto se deben establecer límites claros, respetando el tiempo de descanso de los trabajadores.
- Derecho a la reversibilidad. Establece que todo teletrabajador tiene derecho a regresar a la modalidad de trabajo presencial si así lo desea.
Por último, me permito señalar el contenido de la NOM-037-STPS-2023.
DOF 08/06/2023. NOM-037-STPS-2023 TELETRABAJO- CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TELETRABAJO. INDICE DE CONTENIDO: 1. Objetivo. 2. Campo de aplicación. 3. Referencias. 4. Definiciones. 5. Obligaciones del Patrón. 6. Obligaciones de las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo. 7. Condiciones de seguridad y salud en el trabajo. 8. Capacitación y adiestramiento. 9. Organismos de evaluación de la Conformidad. 10. Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad. 11. Vigilancia. 12. Bibliografía. 13. Concordancia con Normas Internacionales. TRANSITORIOS. Apéndice 1. Apéndice 2. Apéndice 3. Apéndice 4. Apéndice 5.
- 10. Conclusión
El teletrabajo es una forma de organización laboral subordinada que consiste en realizar el trabajo en lugares distintos al establecimiento del patrón por lo que no requiere de la presencia física del trabajador ya que se utilizan primordialmente las tecnologías de la información y la comunicación para el contacto y mando entre el teletrabajador y el patrón.
Esta modalidad de trabajo puede significar la exposición a factores de riesgo psicosocial como son altas cargas y ritmos de trabajo, largas jornadas laborales, la percepción de tener que estar disponible en todo momento y en todo lugar.
En materia de seguridad social, sigue siendo obligación del patrón inscribir a sus trabajadores bajo la modalidad de teletrabajo ante el IMSS, debiendo de diseñar controles internos adicionales a los que ya tuviera para la identificación, seguimiento y hasta conclusión de los riesgos de trabajo.
En cuanto a la política de teletrabajo y condiciones especiales de seguridad y salud en el trabajo, el patrón tendrá la obligación de hacerlas constar por escrito, mediante documentos laborales: contrato de trabajo, contrato colectivo y el reglamento interior de trabajo, de acuerdo a los artículos 20, 24, 25, 56, 330-B, 330-C, 330-D y 330-J de la Ley Federal del Trabajo.